Tras la reglamentación en marzo, las góndolas comenzarán a exhibir productos con los sellos negros de advertencia. A partir del sábado 20 de agosto, los alimentos y bebidas con exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías de los supermercados deberán figurar con las etiquetas frontales que adviertan su baja calidad nutricional.
La resolución se pone en marcha luego de que el 20 de julio venciera el pedido de prórroga que grandes empresas podían solicitar por única vez por 180 días. Por tanto, para mayo de 2023 todos los productos deberán tener los sellos en el caso de que corresponda. Así, desde el Ministerio de Salud de la Nación explicaron que la normativa se aplicará gradualmente.
En el caso de las pequeñas y medianas empresas, el plazo para pedir prórroga vence el 20 de enero de 2023. Posteriormente, tendrán un mes para colocar los sellos en productos que no hayan recibido o pedido prórroga. Mientras que, el 20 noviembre de 2023 todos los artículos deberán tener los sellos en caso que corresponda.
A su vez, la normativa establece que aquellos que productos con excesos, no pueden contar en sus envases con personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas. Tampoco puede haber elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.
Carla Vizzotti, Ministra de Salud, señaló al respecto: “Es importante transmitir una vez más que la Ley 27.642 tiene como objetivo la promoción de una alimentación saludable”.
“En ese contexto, el etiquetado frontal es solo una parte que busca dar la información para que las personas tomen las mejores decisiones y las empresas traten de readecuar sus productos en la medida que puedan”, agregó.